Hablar de los aspectos jurídico-constitucionales de la Protección Civil amerita remontarse unos cuantos años atrás desde su creación. La cantidad de artículos de ley que hablan directa o indirectamente de esta organización son bastante variados. Por ello, para mejorar la comprensión de sus regimientos, lo mejor será hacer un pequeño resumen.
Antes que nada, es necesario aclarar que este cuerpo tiene una gran cantidad de obligaciones que van establecidas por el gobierno. Asimismo, hay variantes en sus leyes y cadenas de mando que deben ser estudiadas para comprender las responsabilidades de sus integrantes. A continuación se aclararán algunas dudas referentes a estos temas.
¿Cuáles son los principales aspectos jurídico-constitucionales de la Protección Civil?
El gobierno español no hace grandes referencia a este cuerpo en la Constitución de 1978, pero hay algunas leyes que aun así, le rigen en la actualidad. Como tal, los aspectos jurídico-constitucionales de la Protección Civil están expresados en la Ley 2/1985, que hace referencia directa a esta.
Asimismo, en dicha ley se plantean algunos de los aspectos de mayor envergadura y que ayudan a determinar las funciones de esta organización. De tal manera, esta ley establece las obligaciones del cuerpo de seguridad y cuáles han de ser sus principios, teniendo en mente la preservación de la vida.
Con respecto a la Constitución, hay varios artículos que son tomados y replanteados dentro de la Ley de la Protección Civil. Esto con la finalidad de apegar completamente a los aspectos legales la fundamentación de esta organización. Artículos como el 30.4 de la Constitución española, plantean muy bien las responsabilidades sociales de los ciudadanos.
¿Quién rige a este cuerpo según las leyes españolas?
Este es uno de los puntos más interesantes dentro de los aspectos jurídico-constitucionales de la Protección Civil, pues abarca varios poderes. De primera instancia, las leyes determinan que este es un servicio que corresponde a la administración pública. Por ende, serán estos poderes quienes asignarán las responsabilidades.
Pero esto no llega hasta acá, Protección Civil es una organización que se encarga de la determinación del riesgo en las localidades. En consecuencia, no puede existir una única regulación que permita controlar todos los siniestros que pudiesen suscitarse en cada una de las provincias españolas. Esto amerita una cadena de mando más extensa.
Los alcaldes y alcaldesas serán entonces la cabeza del sistema de control y ejecución de Protección Civil en sus localidades. Pero esto limita la posibilidad de que el gobierno pueda utilizar los recursos en pro de un manejo de mayor rango. Claro está que, aunque las órdenes han de ser aprobadas por dichas dirigencias, los planes son elaborados por profesionales en la materia.
Siguiendo la cadena de mando, dentro del mismo organismo hay ciertas especificaciones donde, según la emergencia, cada uno de los integrantes asumirá un puesto. Esto permite que el funcionamiento de la Protección Civil en las catástrofes sea el más adecuado. Esto va dando paso a un sistema de engranajes que garantiza un accionar adecuado en cada circunstancia.
¿Qué obligaciones son establecidas legalmente a este cuerpo de protección?
Llegamos a uno de los puntos donde se requiere mayor entendimiento de las leyes españolas, esto debido a que hay muchos elementos que rigen este cuerpo. Principalmente, la Ley de Protección Civil establece las principales obligaciones, mientras la constitución y las leyes que han surgido posteriores a esta, la adaptan a la actualidad.
En este orden de ideas, de manera propia se establecen algunas como la protección física y de bienes ante situación de riego colectivo y calamidad. Adicionalmente, deberá encargarse de proveer y garantizar el derecho a la vida como lo propone el artículo 15 de la Constitución. De cierta forma, se puede decir que la prevención de riesgos y la autoprotección es realmente importante.
Es importante resaltar el hecho de que las leyes españolas establecen responsabilidades para los órganos de seguridad pública, donde se incluye a este cuerpo. Entre ellas destaca la atención pertinente ante las situaciones que ameriten una integración entre los cuerpos, como los bomberos o la policía. Todo en la búsqueda de la protección ciudadana.
Teniendo en mente todos estos datos, es un poco más sencillo comprender los aspectos jurídico-constitucionales de la Protección Civil, sobre todo, aquellos que le adjudican funciones. Es necesario mencionar que estas regulaciones pueden verse afectadas también por las leyes propias que se emitan en las comunidades autónomas.
Como último punto importante, hay que destacar que una de las necesidades más grandes asociadas a este servicio es la elaboración de planes de emergencia. En el Real Decreto 407/1992, con fecha del 24 de abril, se apuntan las pautas mínimas para estos planes. Una serie de objetivos que este cuerpo deberá cumplir a cabalidad.
¿Entonces todos los poderes rigen a la Protección Civil española?
Como se pudo observar las directrices de esta organización no se enfocan únicamente en su jerarquía interna. Al igual que en muchos otros países, este cuerpo de protección depende en gran parte de los poderes superiores, como el estado o las arcadias. Esto no lo convierte en una dependencia como tal, sino, que ayuda a que las regulaciones sean directas.
La razón de este hecho es que este cuerpo, en su creación, fue pensado para cuidar a las sociedades de las catástrofes que pueden suscitarse. A su vez, este será el encargado de asignar tareas a otros organismos de seguridad como la policía o los servicios médicos. Por ende, hay que tener una buena cantidad de control cuando se habla de todos los recursos nacionales.
Todos y cada uno de los planes de contingencia que se realizan dentro de esta organización están pensados para cuidar a los habitantes del territorio. Hay mucho más en juego que el simple hecho de llevar algunas mantas a quienes tengan frío, es por este que Protección Civil amerita tantas regulaciones.
Esto de ninguna manera implica que no se puedan realizar acciones sin autorización de los poderes superiores, hay leyes que justifican estos actos. Sobre todo, aquellas que apelan a la preservación de la vida, donde se permite que el cuerpo actúe con dicha finalidad, aun cuando no haya sido autorizado. Los aspectos jurídico-constitucionales de la Protección Civil son realmente importantes.