Un juzgado de Barna ha condenado a un conjunto de vigilantes de seguridad a un año y medio de prisión y 45.000 euros de indemnización por un delito contra la integridad ética y lesiones con agravante de odio
«Una maricona no debería ser vigilante de seguridad. Nosotros pegamos cono la porra y tú con el bolso». Es el género de insultos que un conjunto de vigilantes de seguridad de la Estación de Sants, en Barna, profirieron a lo largo de más de un año a un compañero. Un juzgado de Barna los ha condenado a un año y medio de cárcel y más de 45.000 euros de indemnización por un delito contra la integridad ética y lesiones psíquicas con agravante de odio: discriminación para ser homosexual. El juez condena asimismo a 2 de sus superiores por participar y producir lesiones psíquicas en la víctima.
Trastornos de ansiedad y de nutrición, depresión y también insomnio es lo que padeció a lo largo de años, este agente privado. Era vigilante de seguridad y en el mes de enero del 2002 lo mandaron a trabajar a la Estación de Sants donde coincidió con un conjunto de 7 vigilantes más, que se hacían llamar «los cabezas rapadas» , «sin corazón» o bien «sin sangre», y que le hicieron la vida imposible por su orientación sexual. Le llamaban «rata» y «maricón de mierda» a diario; le chillaban en el vestíbulo que a la gente como «en Sitges les deberían colgar del cuello», criticaban su forma de caminar, de vestir y su trabajo.
Tras meses de acoso laboral, la víctima lo explicó a sus superiores, condenados asimismo por el juez, que no hicieron nada. Estuvo 3 meses de baja, con tratamiento, y cuando se reincorporó, prosiguió el mobing, «insultos, burlas, risas impúdicas», conforme la sentencia. Los vigilantes le ponían lacitos rosas en la taquilla, le tiraban las cosas por el suelo y sus superiores lo destinaban a andenes bajo la lluvia o bien le cambiaban los horarios sin informar.
Los acusados negaron los insultos, acoso y amenazas. La mayoría aseguran ignorar la orientación sexual de la víctima y no guardar relación de ningún género con él. Sus superiores condenados asimismo negaron frente al juez tener conocimiento de los hechos, pese a que hay documentación relativa a una asamblea donde la víctima denunció lo que le hacían. En este encuentro, conforme los hechos probados de la sentencia, uno de los condenados le afirmó a la víctima que le arrancaría la cabeza con sus manos, cosa que después negó haber dicho frente al tribunal. Los jefes de servicio sostienen, contra lo que firma el juez, que no sabían que los hostigadores contratados tenían ideología nacionalsocialista ni que habían proferido amenazas a la víctima.
Después de un segundo periodo de baja y un año y medio de mobing, asistió la víctima acudió al sindicato Unión General de Trabajadores, que denunció los hechos ante Inspección de Trabajo el julio de 2003. El organismo concluyó que estaban frente a un caso de de atentado a la dignidad del trabajador por su orientación sexual y forzaba a la compañía a pagarle 12.000 euros de sanción por transgresión de derechos, sentencia confirmada por el departamento un año después. Ahora el juez los condena a 18 meses de cárcel y 45.400 euros en suma de indemnización a la víctima por daños morales.