El Supremo considera que no será necesario el permiso del vigilante de seguridad cuando la policía revise sus antecedentes penales. El alto tribunal considera que se trata de una cesión de datos consentidos.
Se pronuncia el alto tribunal diciendo que no tener antecedentes penales es un requisito imprescindible para ejercer como vigilante de seguridad por lo tanto la comprobación por parte de la autoridad como por igual el mantenimiento de no tener antecedentes penales es un requisito imprescindible para ejercer esta profesión, por tanto no se considera una violación de los derechos fundamentales de la persona que posea la tip. A juicio del Supremo se entiende que existe un consentimiento aceptado e informado.